APROBADO POR EL 1er. CONGRESO INTERNO DE LA UMSA
EL 31 DE OCTUBRE DE 1988
TÍTULO III
DE LOS ORGANOS DE DECISIÓN Y GOBIERNO
CAPITULO 1
ORGANOS GENERALES DE LA UNIVERSIDAD
ARTICULO 15.- La UMSA asume como estructura de gobierno paritario por orden de jerarquía, la siguiente:
I. A NIVEL NACIONAL
a) Congreso Nacional de Universidades.
b) Conferencia Nacional de Universidades.
II. A NIVEL LOCAL
a) Congreso de la UMSA
b) Asamblea General Docente Estudiantil(AGDE), en sus dos modalidades:
- Directa o extraordinaria
- De delegados
c) Honorable Consejo Universitario(HCU)
d) Comité Ejecutivo del HCU
e) Autoridades universitarias, Rector y Vice-Rector
ARTICULO 20.- (ÓRGANOS GENERALES DE GOBIERNO). Son órganos de gobierno de la UMSA:
a) EL CONGRESO UNIVERSITARIO
b) EL COMITE EJECUTIVO del Consejo Universitario;
c) Como máximas autoridades ejecutivas y representativas e instituciones, el RECTOR Y VICERRECTOR.
ARTICULO 21.- (COMPOSICION DEL CONSEJO UNIVERSITARIO).
I. El Consejo Universitario esta compuesto por los siguientes miembros:
a) El Rector, que lo preside, no vota ni dirime;
b) El Vicerrector;
c) Los Decanos;
d) Un delegado docente de cada asociación facultativa de docentes;
e) Dos delegados estudiantiles de cada Centro de Estudiantes facultativo;
f) Un delegado de la Federación de Docentes de la Universidad(FED-SIDUMSA);
g) Dos delegados de la Federación Universitaria Local(FUL);
h) Un representante del STUMSA con derecho a la voz y voto en los asuntos que le concierne.
II. El Secretario General y el Director Administrativo-Financiero hacen parte del Consejo, con derecho a voz solamente.
III. El Consejo regirá sus deliberaciones por reglamento aprobado por el propio Consejo.
ARTICULO 22.- (ATRIBUCIONES DEL CONSEJO UNIVERSITARIO). Son atribuciones del Consejo Universitario:
a) Convocar a Asamblea General Docente-estudiantil y fijar el respectivo orden del día;
b) Considerar y aprobar los reglamentos internos de su propio funcionamiento;
c) Considerar y aprobar los reglamentos que propongan el consejo Académico, las instancias administrativo-financieras y las unidades académicas;
d) Presentar ternas ante la AGD de delegados, para la elección del Director Administrativo y Financiero;
e) Nombrar al Secretario Generadle la terna presentada por el Rector;
f) Aprobar los acuerdos y convenios suscritos con otras Universidades, así como con instituciones y organizaciones extra-universitarias;
g) Fijar la posición de la Universidad ante las conferencias de la Universidad Boliviana.
h) Llamar a elecciones de Rector y Vicerrector;
i) Conocer y aprobar el reglamento de elecciones de autoridades de las distintas unidades académicas;
j) Conocer y sancionar los informes de los Comités Electorales y posesionar a los Decanos y Vice-decanos;
k) Posesionar a los representantes docentes y estudiantiles ante el H.C.U. legalmente elegidos;
l) Encomendar tareas especificas al Consejo Académico Universitario y al comité Ejecutivo del HCU, con carácter deliberativo o decisional, y considerar los informes respectivos;
m) Actuar como Tribunal, en las instancias que le fije el Reglamento de Procesos;
n) Fijar el calendario universitario y declarar recesos en toda la Universidad o parte de ella por motivos justificados;
o) Otorgar títulos de Doctor Honoris Causa;
p) Nombrara docentes honoríficos, de acuerdo con el reglamento General de la Docencia;
q) Nombrar a los representantes de la Universidad ante eventos nacionales e internacionales;
r) Aceptar lagados y donaciones para la Universidad;
s) Constituir la comisiones que considere necesarias y considerar sus informes;
t) Pedir informes, orales o escritos, a las diferentes unidades académicas o administrativas, a solicitud de cualquier consejero.
u) Reglamentar todos los aspectos de la vida universitaria que no estén explícitamente bajo la jurisdicción del congreso Universitario o de la Asamblea de Delegados.
ARTÍCULO 39.- El H.C.U. es el órgano encargado de aprobar el Reglamento General de Elecciones Universitarias, al cual deberá adecuárselos reglamentos específicos de las diferentes Facultades y Carreras.
TÍTULO IV
RESPONSABILIDAD UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 43.- El reglamentote Procesos Universitarios, aprobado en el H.C.U. regula el trámite de los Procesos a docentes, estudiantes y trabajadores administrativos, cuyo conocimiento corresponde a los tribunales universitarios.
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